Individualización de la pena y debido proceso

26 de diciembre de 2014

Sala Penal Suprema Corte de Justicia, Sentencia del 20 de Octubre del 2014, Núm. 296.
Considerando, que al examinar la sentencia emanada por la Corte a-qua, verificamos que las justificaciones en cuanto a la participación individual de los imputados en la ocurrencia de los hechos, no satisface el principio de individualización de la pena invocado por los mismos en sus recursos de casación, siendo esto un elemento esencial del debido proceso; 
Considerando, que ciertamente, como esgrimen los recurrentes, se observa en la sentencia recurrida que se le atribuye a los imputados Ramón Antonio Moleco Jiménez, José Andrés Brito, Manuel Emilio Mella Naranjo y Alberto Armando Ramírez Ramón, la posesión de la sustancia ocupada, aún cuando del cuadro fáctico de la acusación y de las declaraciones de los testigos a cargo se hace constar la participación de cada uno en la ocurrencia de los hechos; por consiguiente, procede casar el presente proceso a fin de que se realice un nuevo examen de los recursos;
Exp. 2014-3432. Rc: Ramón Antonio Molero Jiménez y compartes. Fecha: 20 de octubre de 2014.

0 comentarios:

  © Blogger templates Newspaper by Ourblogtemplates.com 2008

Back to TOP