Calidad de víctima e indemnización (Penal)
26 de diciembre de 2014
Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, Sentencia del 13 de Octubre del 2014, No. 294.
Considerando, que es criterio de esta Suprema Corte de Justicia que si bien los hermanos de la víctima directa del accidente pueden reclamar por ante los tribunales la reparación del daño moral experimentado por ellos como consecuencia de la muerte de su familiar producto del hecho cometido, también tales reclamantes les corresponde probar, dadas las circunstancias especiales del caso, que existía entre ellos una dependencia económica o una comunidad afectiva tan real y profunda, que permita a los jueces convencerse de que éstos han sufrido un perjuicio que amerita una condigna reparación; resaltando el expresado criterio que el interés puramente afectivo no basta para justificar una indemnización.
Exp. 2014-2678. Rc: Daniel Alberto de León. Fecha: 13 de octubre de 2014.
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