Irrecurribilidad de Sentencia Adjudicación sin Incidentes o Contestación (Civil)
17 de enero de 2015
Sala Civil Suprema Corte de Justicia, Sentencia del 29 de Enero del 2014, Núm. 49.
Considerando, que, conforme se observa, se trata de un recurso de casación interpuesto contra una decisión de adjudicación por causa de un embargo inmobiliario que no estatuyó sobre ningún incidente o contestación, como consta en el fallo impugnado, encontrándose por tanto, desprovista del carácter contencioso que la convierta en el sentido estricto del término en un acto jurisdiccional susceptible de las vías de recursos, carácter que solo se adquiere si el juez que decide la adjudicación estatuye por la misma sentencia sobre alguna contestación litigiosa entre las partes;
Considerando, que el criterio jurisprudencial inveterado de esta Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia en cuanto a la naturaleza que se atribuye a la sentencia de adjudicación cuando está desprovista de contestación y que se reafirma en esta oportunidad, se orienta a sostener que la sentencia de adjudicación inmobiliaria, que es aquella dictada el día de la subasta cuando no resuelve ningún incidente, sino que se limita a constatar una venta judicial realizada en atribuciones graciosas conforme los términos del artículo 706 del Código de Procedimiento Civil y a dar constancia de la transferencia del derecho de propiedad del inmueble embargado, dicha decisión dictada en ausencia de controversia no es susceptible de ninguna de las vías ordinarias de recurso sino de una acción principal en nulidad;
Exp. núm. 2011-1123
Rec. Gabriela Altagracia Méndez Melo vs. La Asociación Popular
de Ahorros y Préstamos
Fecha: 29 de enero de 2014
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