Desnaturalización: hechos y documentos
28 de marzo de 2016
Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, Sentencia No. 139, del 09 de Marzo del 2016.
Considerando, que la desnaturalización de los hechos y documentos de la causa es definida como el desconocimiento por los jueces del fondo de su sentido claro y preciso, privándolos del alcance inherente a su propia naturaleza y bajo ese razonamiento ha sido juzgado en reiteradas ocasiones que esta Corte de Casación tiene la facultad excepcional de observar si los jueces apoderados del fondo del litigio han dotado a los hechos y documentos aportados al debate de su verdadero sentido y alcance y si las situaciones constatadas, son contrarias o no a las plasmadas en las documentaciones depositadas; que, en base a los motivos expuestos, esta jurisdicción ha comprobado que la corte a-qua incurrió en la desnaturalización alegada por los recurrentes en sus respectivos memoriales, razones por las cuales procede acoger dichos recursos y en consecuencia, casar la sentencia impugnada;Exp. núm. 2013-362 y 2013-393 (FUSIÓN) Rec. Empresas Bello Veloz, C. por. A. y Simón Bolívar Bello Veloz vs. Gloria María Hernández Contreras Fecha: 9 de marzo de 2016
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